Política Institucional
Un fallo judicial dispuso que una empresa distribuidora de energía eléctrica actúe como agente de percepción e incluya la cuota de alimentos impaga en la factura domiciliaria del deudor. El mecanismo de ejecución frente a la informalidad laboral, la primacía del interés superior del niño y el precedente para los juzgados de familia en Salta.
En una resolución procesal sin precedentes para la ejecución de deudas familiares, la Justicia dispuso que una empresa distribuidora de energía eléctrica deba incorporar la cuota alimentaria mensual en la boleta de consumo domiciliario de un progenitor moroso. La medida establece que la compañía actúe como agente de percepción, cobrando la partida judicial junto con la tarifa del servicio de luz y depositando los fondos directamente en la cuenta bancaria habilitada en el expediente.
El fallo se fundamenta en la necesidad de garantizar la tutela judicial efectiva y la satisfacción inmediata del derecho a la alimentación de niños, niñas y adolescentes. Ante la imposibilidad de traba de embargos bancarios o retenciones de haberes convencionales por la falta de un empleo registrado del demandado, el juzgado acudió a la boleta del servicio eléctrico como vía de coerción indirecta.
- Retención obligatoria: La empresa distribuidora discrimina el ítem en la factura mensual y transfiere el monto recaudado al juzgado.
- Presión indirecta: El eventual incumplimiento de la factura unificada expone al deudor al corte del suministro eléctrico, impulsando el pago en término.
- Sustento normativo: Aplicación del interés superior del niño previsto en la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial.
Lectura territorial en San Martín y Orán
En los municipios de los departamentos San Martín y Orán —como Tartagal, San Ramón de la Nueva Orán, Embarcación y General Mosconi—, la ejecución de cuotas alimentarias enfrenta trabas recurrentes debido a los elevados niveles de trabajo no registrado, la informalidad comercial y la falta de bancarización de los deudores.
En el contexto climático del norte salteño, donde el uso de la energía eléctrica resulta indispensable para mitigar las extremas temperaturas durante gran parte del año, la vinculación del pago de alimentos al mantenimiento del servicio eléctrico adquiere una eficacia particular. Para los Juzgados de Personas y Familia de la región, este precedente abre una alternativa concreta para dar respuesta a madres que atraviesan años de litigio sin lograr percibir los aportes correspondientes para la crianza.
Precedente e impacto en la gestión judicial
La medida pone de manifiesto la búsqueda de herramientas creativas dentro del marco legal para contrarrestar la evasión de las obligaciones parentales.
El seguimiento de esta metodología permitirá evaluar su factibilidad técnica de replicación con otras empresas prestadoras de servicios públicos en la provincia de Salta, sentando una doctrina judicial orientada a proteger los derechos económicos de los menores por encima de las trabas administrativas tradicionales.









